Decreta a los ciudadanos CASERES BERRIOS NELSON ENRIQUE, la aplicación de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 2°, 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, deberá someterse al cuidado y vigilancia de su padre Cáceres Hidalgo Vicente presente en la sala, presentarse cada Diez (10) días ante la Fiscalía del Alguacilazgo, el no ausentarse ni salir del país