Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL TRANSITO Y MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA con sede en la Ciudad de Los Teques, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad que le confiere la Ley, declara INADMISIBLE, la recusación propuesta por la Sociedad Mercantil LABORATORIO BIOCLINICO LUGO COMPAÑÍA ANONIMA ,
Ordena la remitir copias certificadas de las actuaciones y de la presente sentencia al Colegio de Abogados, en el cual se encuentra adscrito el recusante.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL MERCANTIL, TRÁNSITO Y MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA