Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la pretensión DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano RAUL QUIÑONEZ SEPULVEDA. SEGUNDO: SE ORDENA a la DIRECCION DE CATASTRO MUNICIPAL expedir copia certificada de la totalidad del expediente identificado con el Nº 356-8, del inmueble propiedad del ciudadano RAUL QUIÑONEZ SEPULVEDA, ubicada en la calle Sucre, Nº 14 de la ciudad de Ocumare del Tuy, del Estado Miranda. TERCERO: Se exhorta a la Alcaldía del Municipio Tomas Lander del Estado Miranda por órgano de la Oficina de Catastro Municipal a dar respuesta en forma oportuna y adecuada a las peticiones formuladas por los particulares sin que las mismas requieran la escrituridad como requisito indispensable, a los fines de garantiza.....