Por todo lo antes señalado, este Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA, que el penado MORENO PALACIOS JEAN CARLOS, titular de la cédula de Identidad N° V-13.749.710, continué con el CONFINAMIENTO, bajo el cumplimiento de las condiciones antes señaladas, conforme a lo establecido en los Artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 7 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario y 20 y 52 del Código Penal. Líbrese Boleta de Excarcelación a la Región Policial No.6, Policía del Estado Miranda.