III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARCY ZORELLY SOSA RAUSSEO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 6.854.609, abogado en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 32.343 en contra de los ciudadanos NESTOR OBDULIO MORENO LÓPEZ y MARÍA ALEJANDRA ROJAS ALVAREZ, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad Nos. 11.595.318 y 11.694.083, respectivamente y consecuentemente, condena a los demandados a realizar a favor de la demandante, la venta definitiva del inmueble sobre el cual recae el contrato de opción de compra objeto del prese.....