DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano del ciudadano LUISMER RAFAEL GARCIA MADERA, Titular de la Cedula de Identidad N° V-12.730.645, de 22 años de edad, residenciado en la Urbanización El Paso, Bloque 19, piso 7, apto. 05, Los Teques, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RIZZO ORDAZ CARLOS ALBERTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal, y a tal efecto se le ACUERDA SU LIBERTAD PLENA.-