Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en Función de Quinto de Control del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite en todas y cada una de sus partes la Acusación interpuesta por la Representación Fiscal Novena del Ministerio Público; de esta Jurisdicción Penal, en contra del Acusado JUAN JOSE RONDON; por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 en concordancia con el articulo 2, numeral 1 de la Ley Sobre Hurto Y Robo De Vehículos; en perjuicio del ciudadano CARLOS LUIS ALVARADO BARRIOS SEGUNDO: Condena anticipadamente conforme a lo establecido en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al Acusado JUAN JOSE RONDON; por ser culpable y autor en la comisión del delito HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, pr.....