CAPÍTULO IV
DECISIÓN
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185 del Código Civil, en relación con la sentencia Nº 1070 de la SCTSJ,intentada por la ciudadanaMARISOL TERAN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.590.674., en contra del ciudadanoGILBERTO ANTONIO ALAYON CABRILES, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.807.335,. En consecuencia, DISUELTO el vínculo conyugal que los une hasta el día de hoy, contraído en fecha 07 de Abril de 1989, ante el Registro Civil de la Parroquia Charallave del Municipio Cristóbal Rojas, Estado Bolivariano de Miranda, según consta el acta de matrimonio número 22.
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