V
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el abogado en ejercicio CÉSAR CASTRO, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TALLER ARTECAR, C.A., contra la Dra. LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ, quien funge como jueza del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en San Antonio de Los Altos; con fundamento en la causal de recusación contenida en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y respecto al juicio que por DESALOJO siguen el ciudadano ELADIO SÁNCHEZ APONTE, contra la prenombrada empresa, tramitado bajo el expediente signado con el No. E-2018-002 (seg.....