Declarado la extinción de la responsabilidad criminal del ciudadano ALVARO MUSCELLI TACHAU, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V-12.158.058, quien fue condenado en fecha dieciocho (18) de noviembre de mil novecientos noventa y ocho (1998), por el suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor, culpable y responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 407 del Código Penal, acuerda: DEJAR SIN EFECTO LA PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS que actualmente tiene el ciudadano antes identificado, y comunicada mediante oficio N° 494 de fecha cuatro (04) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999), del referido órgano jurisdiccional.