...Una vez constituido el Tribunal en el bien inmueble identificado ut supra NO fue recibido por persona alguna por lo que procedió a fijar el CARTEL DE NOTIFICACION en el cual se le impone al ciudadano NESKY ALVAREZ, ORDEN de ABSTENERSE de continuar con los ACTOS PERTUBATORIOS los cuales ha sido victima el querellante o cualquier actividad que implique perturbación en la posesión legitima del mismo, so pena de incurrir en DESACATO lo que le traerá como consecuencia asumir la responsabilidad penal ha que hubiere lugar. En este estado el Tribunal deja constancia que hizo acto de presencia un ciudadano que manifestó al Tribunal ser NESKY ALVAREZ, al cual se le solicitó su identificación manifestando que no la tenia y que la tenia en su casa, igualmente, el Tribunal procedió a imponerlo de su misión, insistiendo el Tribunal en reiterada oportunidades que se identificara con documentos validos a los cuales se negó. Aún sin identificarse y no estando seguro el Tribunal de su manifestación .....