Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12, 242, 243 y 246 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE POR EXTEMPORANEO, el alegato de PRESCRIPCIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda de DAÑOS MATERIALES Y EMERGENTES, interpuesta por el ciudadano JESUS ALBERTO RAMIREZ ARIAS, venezolano y titular de la cedula de identidad Nº V-15.130.880 contra TRANSPORTE ANTOVA C.A., en la persona de sus representantes ciudadanos MANUEL NAVARRO HERNANDEZ y FERNANDO NAVARRO HERNANDEZ, venezolanos y titulares de las cedulas de identidad Nº V-8.813.850 y V-13.700.712, respectivamente. En consecuencia, se condena a la.....