IV
DISPOSITIVO
Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 31 de marzo de 2015, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia; se ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal en que el referido juzgado a quo, declare contradicha la demanda y remita el expediente al Juzgado de Juicio respectivo, en la demanda que por cobro de beneficios laborales incoaran las ciudadanas MARÍA VICTORIA SALAS e IRMA ISABEL RICO, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO ZAMORA DEL ESTADO BOLIV.....