Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano: 1.- ROBERTO ANTONIO MOLINA PINTO: quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, de 43 años de edad, fecha de nacimiento: 21-12-1962, Titular de la Cédula de Identidad N° V-6.134.038, hijo de LUISA PINTO Y ROBERTO MOLINA, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en: Urbanización Lecumberry, Oeste 8, Manzana F, casa N° 223, Cúa, Estado Miranda, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, tipificado y penado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor . SEGUNDO: CONDENA al referido acusado a las.....