...En este orden de ideas, quien suscribe, luego de la revisión del cumplimiento de los requisitos de validez para la existencia del instrumento poder, procedió a verificar que los ciudadanos DUILIO JOSE VILORIA LAMEDA, JONATHAN BOHORQUEZ, JOSÉ DANIEL SUAREZ PLASENCIA, JESUS VICENTE MEDINA NIÑO, MANUEL TORRES y BETHSAIDA M. de COLLEVECCHIO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.611.663,V-15.315.885,V-5.311.525,V-12.161.391, V-11.042.021 y V-5.315.543, respectivamente, quienes constituyen la parte demandada tanto en forma personal, como en representación legal del referido Comité, otorgaron poder a los abogados ROSALBA FEGHALI GEBRAEL, YANOCELIS LUGO CLEMENTE y ABRAHAN JOSÉ MUSSA URIBE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 72.097; 101.549 y 43.658, para que actuaran en su nombre y en representación del Comité Paritario de Administración de Condominio de la Casona II, cuando dejaron expuesto en el mismo : "...para que en nuestro nombrey en representación del Comité Parita.....