Llenos como se encuentran los requisitos concurrentes para el decreto de la cautelar solicitada este Tribunal, pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguiente MEDIDA PREVENTIVA:
Se decreta la PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR del inmueble propiedad de la parte demandada, identificado como una parcela de terreno distinguida con el Nº D-134, del CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS DEL SOL, ubicada al Norte de la ciudad de Guatire, dentro del área Residencial de Castillejo, en terrenos de la antigua Hacienda El Ingenio, en jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda, con una superficie aproximada de CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS (155,25 m2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la Parcela D-128 y la parcela D-130; SUR: Con la Calle ¿C¿; ESTE: Con la Parcela D-133 y OESTE: Con la Parcela D-135. Dicho inmueble le pertenece según consta de documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro.....