DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor de los hoy jovenes adultos ALBERTO ARGUINSONES GARCIAS, CARLOS ALEJANDRO TINEO HERNANDEZ Y RICARDO NAZARET MARQUEZ GONZALEZ, venezolano, de 22 años de edad en la actualidad, titular de la cèdula de identidad No. 18.026.569, residenciado en Urbanizaciòn Cirudad Casarapa, parcela 07, edificio 04, apartamento 03/C de la ciudad de Guarenas, el segundo de ellos es venezolano, soltero, de 18 años de edad en la actualidad, titular de la cèdula de identidad No. Indocumentado, residenciado en urbanización Nueva Casarapa, edificio 07, apartamento 03-C, piso 03 de la ciudad de Guarenas, y el tercero de ellos, venezolano, soltero, de 18 años de edad, titular de la cèdula de identidad No. 18.403.324, residenciado urbanización Ciudad Casarapa, parcela 05 PB edificio 10 de la ciudad de Guarenas del Estado Miranda, por haberse encontrado incursos en la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 451 del código pena.....