En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Extensión Valles del Tuy de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA PROCEDENTE LA SOLICITUD HECHA POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL y, en consecuencia, SE ORDENA LA APREHENSIÓN de los ciudadanos:
NABOR JOSE TERAN PARRA, cedulado con el N° V-16.811.948, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira Estado Vargas, de 29 años de edad, nacido el 12-07-1977, de estado civil soltero, de oficio indefinido, residenciado entre la calle Boyacá y Cecilio Acosta, casa N° 5, Sector Corocito, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, hijo de Nancy Ramona Parra (v) y Freddy Teran (v).;
LUIS ALBERTO RAVELO, de nacionalidad venezolana, de 28 años de edad, nacido el 19-04-1975, natural de Ocumare del Tuy, de estado civil casado, de oficio obrero, residenciado en araguita 4, calle .....