DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la causa seguida en contra del ciudadano MORENO ESPARRAGOZA GUSTAVO JOSE, Titular de la Cédula de Identidad N° V-4.825.432, residenciada en Residencias Bosque Alegre, Torre A, Piso Tres, Apartamento 38-A San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de Violencia Física previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana RAMIREZ REDONDO CARMEN ALICIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3°, en relación con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, y a tal efecto se le ACUERDA SU LIBERTAD PLENA.-