...este Tribunal considera: En relación a la Documental promovida en el presente escrito, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva.
Ahora bien, este Tribunal de una revisión de las actuaciones observa que durante el lapso probatorio, aperturado por este Tribunal según auto de fecha 04/05/2015, las pruebas promovidas, han sido sólo documentales, en tal virtud, conforme a lo previsto en el artículo 868 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar a la fijación, por parte de este Tribunal, de lapso de evacuación de pruebas, en consecuencia, este Tribunal fijara por auto separado el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia o debate oral. ..