Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. De oficio examina la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada a los ciudadanos YORGENIS YONAIKER GONZÁLEZ DÍAZ y VÍCTOR MANUEL ELIS DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-26.111.146 Y V-25.701.474, respectivamente a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de porte ilícito de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 112 de la ley para el desarme y control de armas y municiones, asociación para delinquir, previsto y sancionado en el artículo 37 de la ley contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo y uso de adolescente para delinquir, previsto y sancionado en el artículo 26.....