DECRETA a los ciudadanos: JORGE LUIS REYES URBINA, venezolano, natural de Guarenas, nacido el 12-06-1989, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.822.894, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante de la UNEFA, hijo de Jorge Reyes (v) y Marlene Urbina (v), residenciado en Sector las Nereidas, calle las Acacias, casa Nº 335 de color ladrillo, Guatire, Estado Miranda y JOSE GILBERTO REYES URBINA, venezolano, natural de Guarenas, nacido el 12-06-1989, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.103.053, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante de la UNEFA, hijo de Jorge Reyes (v) y Marlene Urbina (v), residenciado en Sector las Nereidas, calle las Acacias, casa Nº 335 de color ladrillo, Guatire, Estado Miranda; la apertura del Procedimiento Especial de conformidad con el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Líbrese el oficio correspondiente y remítase en su .....