...DECRETA: PRIMERO: la INTEGRACIÓN y PERMANENCIA del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el hogar de sus tíos maternos, ciudadanos, IDENTIDAD OMITIDA , titulares de las cédulas de identidad Nros. IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente, parte integrante de la familia de origen extensa, quienes deberán garantizarle todos los derechos inherentes a la salud, cuidado, desarrollo, protección y educación integral, así como representarlos ante la instituciones educativas, de salud, organismos públicos y privados, para ello el adolescente convivirá en el hogar constituido por estos, en consecuencia, otorgándoseles la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA del adolescente. SEGUNDO: Se INSTA a los ciudadanos, IDENTIDAD OMITIDA , plenamente identificados, garantizar el derecho a la Convivencia Familiar, el cual es un derecho constitucional y correlativo del adolescente y su progenitora, conforme lo establece el artículo 27 de la LOPNNA.