DISPOSITIVO
Por lo que en mérito de los argumentos precedentemente señalados, ello es razón suficiente para que este Tribunal tercero (3º) de Primera Instancia de juicio de la circunscripción judicial del estado Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia, en nombre de la república y por autoridad de la ley, declare: PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la presente Acción manifestada en la Audiencia Constitucional por la Representación Judicial de la Parte Accionante en lo que respecta a los ciudadanos RICARDO JOSE ROSAS OROPEZA, SIMON ENRIQUE CAMPOS PALACIOS y LUIS ALFREDO SALAS PERAZA, ampliamente identificados en autos. Así se establece. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JESUS ALBERTO PEREZ CRESPO, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ BERRIOS, JAIRO JESUS LANZ ROJAS, titulares de la cédula de identidad Nos. V- 12.829.761, V- 12.507.656, V- 11.483.272, respectivamente, debidamente representados por sus apoderados judiciales, .....