Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA que debía cumplir el ciudadano LEOVARDO JOSE MARTINEZ PADILLA, portador de la Cédula de Identidad Nº 6.208882, conforme al artículo 103 del Código Penal y 479, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal