En cuanto a la precalificación jurídica presentada por el Ministerio Público este Tribunal se acoge la calificación de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, Oída la solicitud de imposición de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, imponerle al joven adulto imputado La Medida de la establecida en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, que consiste en la presentación cada 30 días por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Andrés Bello, con sede en San José de Barlovento, del Estado Miranda.