RECHAZA la SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, interpuesta por la DRA. ADRIANA MORALES BENCOMO, Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio del Estado Miranda, y se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la ciudadana Fiscal Superior del Ministerio Público del Estado Miranda, para que rectifique o ratifique dicha solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.