Con fuerza en la motivación precedente, este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LO TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por el Director del Internado Judicial Los Teques, ciudadano Argenis Cordovés, en relación a que se traslade a otro centro de reclusión al ciudadano REBOLLEDO AMADO BENJAMÍN, contra quien cursa causa signada bajo el N° 2M626-02; ello en virtud de informe presentado por el Jefe de Régimen de Guardia, ciudadano ADOLFO RIVERA GONZALEZ, en el cual deja constancia de hechos irregulares, en donde aparece señalado el ut supra ciudadano; lo cual pone en peligro la vida del resto de la población reclusa y la suya propia; en consecuencia se Autoriza el traslado del acusado, ciudadano REBOLLEDO AMADO BENJAMÍN, titular de la cédula de identidad N° V-14.850.47.....