Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, al Imputado VALENZUELA SALAS JOSE MARIA, quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-82.024.058, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico en Computación, hijo de ROBERTO VALENZUELA Y MARIANELLA SALAS, ambos vivos, residenciado en la Urbanización Cartanal, casa N° 16, sector 3, calle 6, Santa Teresa del Tuy, nacido en fecha 12-06-1978.
Regístrese, diaricese, y junto con oficio remítase las presentes actuaciones al Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial a los fines legales .....