Ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le Confiere la Ley, CONFIRMA la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, SEDE LOS TEQUES, que CONDENA a los ciudadanos ACUÑA MAGO JULIO CESAR Y LIMPIO PARZA NAPOLEON ARMANDO por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOR de conformidad con lo establecido en el artículo 5, en concordancia con el artículo 6, numerales 1, 2, 3, 10 y 12 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO.