...PRIMERO DECLARAR SIN LUGAR, la solicitud presentada por el LEPAGE RINCONES PEDRO ISMAEL de conformidad con lo establecido en el artículo 49 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en la sentencia Nro. 3744, que con carácter vinculante para los demás Tribunales de la República, fue dictada en fecha 22 de Diciembre de 2003, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO, la cual fue ratificada en sentencia Nro. 2598, dictada por la referida sala en fecha 16 de Noviembre de 2004, con ponencia del Magistrado JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO; en atención a lo establecido en providencia datada 12 de agosto de 2005, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia de la Magistrado LUISA ESTELA MORALES, expediente Nro. 05-0790 y la sentencia de fecha 19-1.....