...DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Acción Mero-Declarativa de reconocimiento de unión estable de hecho incoada por la ciudadana MERCEDES DOLORES JIMÉNEZ GALINDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.884.595, mediante apoderadas judiciales, abogadas JOSEFINA GUAITA SÁNCHEZ y WENDY RINCON FREITES, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 83.932 y 154.906, respectivamente, contra el ciudadano ALEJANDRO ALBERTO BLANCO ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 6.458.621, representado judicialmente por las abogadas GRECIA RODRÍGUEZ ROJAS y LIBIA ZULIRIS ESPEJO SÀNCHEZ, inscri.....