este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para garantizar asimismo una tutela Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del Adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: Este Juzgador se acoge la precalificación dada por el fiscal del Ministerio Público como lo son los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre hurto y Robo de Vehiculo Automotor, SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la causa por la vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO para lograr el esclarecimiento de los hechos. TERCERO: Se le impone al adolescente investigado H.A.C.M., (Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Ni.....