Se ADMITE A TRÁMITE la pretensión invocada por el accionante referente la presunta infracción de las normas contenidas en los artículos 25, 26, 27, 49 y 51 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, referentes al principio de legalidad, tutela judicial efectiva, derecho de amparo, debido proceso, y el derecho a representar o dirigir peticiones, en concordancia con los artículos 1, 2, 5 –parágrafo primero- 7 y 13 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en contra del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda extensión Barlovento.