este Juzgador del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: FIDELIA GARCIA y JULIO CESAR CISNEROS VARGAS, cónyuges, mayores de edad, y titulares de las cedulas de identidad Nos 6.422.972 y 4.681.205, respectivamente, y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Distrito Lander hoy, Registro Civil del Municipio Lander, con sede en Ocumare del Tuy, en fecha Veintiuno (21) de Abril del año (1988), tal y como consta del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 117, folio 117 de los Libro.....