REVOCA la medida cautelar sustitutiva de libertad contemplada en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, acordada en fecha 30 de diciembre de 2004, y decreta medida de privación preventiva de libertad contra el ciudadano MARQUEZ JOSÉ JESÚS, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.652.706, residenciado en vía Lagunetica, sector Las Dalias, casa Nro. 166 de color blanca, frente a la Cachapera, Los Teques, Estado Miranda, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de robo impropio en la modalidad de arrebatón, sancionado en el artículo 456, último aparte, del Código Penal.