DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: RODRIGUEZ SANTOLLA RADAMES BALDOMERO, venezolano, natural de Caño Negro, Tapipa, Municipio Acevedo, Estado Miranda, el día: 15-09-1969, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 10.697.01, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de: María Rodríguez (f) y de Baldomero Santolla, residenciado en: Caserio Valle de Urape, calle Principal, casa S/N, Municipio Acevedo, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, previsto (s) y sancionado (s) en el (los) artículo"(s) 453 y LESIONES LEVES 416 del Código,