...DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta oralmente por la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad No. IDENTIDAD OMITIDA, y, en consecuencia se DECRETAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS DE PROTECCION:
COLOCACIÓN FAMILIAR de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad No. IDENTIDAD OMITIDA en el hogar de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº IDENTIDAD OMITIDA, conforme al artículo 126, literal i) de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en tal sentido, la precitada ciudadana ejercerá sobre la adolescente IDENTIDAD OMITIDA la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, entendida como lo establece el artículo 358 eiusdem y, ejercerá su representación ante los organismos públicos y privados y en cualquier escenario y ante cualquier autoridad en que sea necesario hacerlo, mientras la madre, ciudadana IDENTIDAD OMITIDA se encuentre fuera del país, por lo tanto, deberá garan.....