Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda con lugar la solicitud de medida innominada de conformidad con lo establecido en el artículo 39 ordinal 9° de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, hecha por la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda y se ordena la reclusión de la ciudadana MARLENE JOSEFINA FARIAS, en el Instituto Nacional de Psiquiatría del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales " DR: JESUS MATA DE GREGORIO, ubicado en Sebucán, Caracas, Distrito Capital, a los fines de suministrarle la asistencia y tratamiento médico requerido.
Regístrese, librense los correspondientes oficios. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público. CUMPLASE.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DRA.....