"... este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana María Sorelda Garay, titular de la cédula de identidad Nro. 23.944.540, asistida por el abogado LUIS FELIPE SERRANO ORTEGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 49.330, contra los ciudadanos TULIO SERRADA Y CIRO ABELLO, a los cuales no identificó con sus numeros de cédula. SEGUNDO: DECLINA la competencia ante los Tribunales de Primera Instancia del Niño, Niña y Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial. TERCERO: Se ordena librar oficio a los Tribunales de Primera Instancia del Niño, Niña y Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial ..."