Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos KARELIA YAMILET ISTURIZ RONDON y JOSE LUIS MORENO MARIÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.978.800 y V-6.806.579, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebradoen fecha 11 de marzo de 1999, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora, Guatire, Estado Bolivariano de Miranda, según consta del original del certificado de matrimonio emitido por el referido órgano, e inserto en autos al folio 10, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Cód.....