Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MILENA PEREIRA DE MONTILVA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nos. V-6.456.269, virtud de la autorizacion Nº 182-16, de fecha trece (13) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016), otorgada por la Sindicatura Municipal de la Alcaldia de Municipio Bolivariano de Guaicaipuro el Estado Bolivariano de Miranda, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, sobre una bienhechuría ubicada en TÁCATA, SECTOR SANTA RITA, PARROQUIA TÁCATA, JURISDICCION DEL MUNICIPI.....