Por las razones que anteceden, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO sobre un local comercial, delimitado por paredes y cercas distinguido con el N° 21-B, con un área aproximada de UN MIL SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (1.064,00 Mts2), ubicado en la Urbanización Industrial Los Tres Puentes, Sector El Tambor, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, solicitada por la parte actora, ciudadano ANTONIO CORTESI, en el juicio de DESALOJO que sigue en contra de INVERSIONES Y SERVICIO AUTOMOTRICES G & A 98, C.A.
Publíquese en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (www.tsj.gob.ve) y en el portal web: www.miranda.scc.org.ve, Regístrese y déjese constancia en el .....