Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos FLOR DE LOS ANGELES MARTINEZ VILLEGAS y ALCIDES RAMON CARTAYA RAVELO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Nos.V-16.147.528 y V-3.485.297,respectivamente,en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintisiete(27) de junio del año 2014, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia en la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 388, inserta en autos en el folio cinco (05)de este expediente, de conformidad con lo estable.....