Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA conforme a la autorización de la Sindicatura Municipal, emanada de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 18 de septiembre de 2017, que cursan en el folio doce (12) del presente expediente,y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las mismas TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE LA BIENHECHURÍA construida sobre un terreno de propiedad Municipal, ubicado en el Caserío, Quebrada Honda del Sector Laguneta de la Montaña, Parroquia el Jarillo, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y dem.....