Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, alegado en fecha catorce (14) de junio de dos mil veintidós (2022), por la parte demandada, ciudadana EDILMA LOBO de PADROSA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.458.585, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANDREA NATALY MACEDO RODRIGUEZ y EDUARDO ANTONIO PADROSA LOBO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.539.196 y V-17.742.237, respectivamente; y solicitado en fecha veintidós (22) de junio del año en curso, por el ciudadano NOEL EDGARDO VELASCO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.869.140, actua.....