Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las mismas TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD SOBRE LA BIENHECHURÍA construida sobre un terreno propiedad privada, de aproximadamente DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, CON TREINTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (299,33 mts2), ubicado en El Guamito, Via Lagunetica, Los Teques, jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, a favor de la ciudadana CARMEN TRINIDAD MALAVÉ de CHIRINOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de ide.....