Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos CLAUDIA PATRICIA CASTILLO GIL y MARCOS FIDEL FONSECA PACHON, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993), ante el Registro Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda, según consta en Acta Nº 15, Folio 15, Año 1993.