Por las razones expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por desalojo interpuso la empresa mercantil RODIS DE VENEZUELA, C.A, contra la empresa mercantil OPTIMUN PUBLICIDAD, C.A. En consecuencia se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, el inmueble arrendado, constituido por un galpón, el segundo a mano derecha, subiendo por la Calle Principal o número 1 de la Urbanización Las Polonias Viejas, Carretera Nacional San Antonio de Los Altos, Carrizal y San Diego, frente al Centro Comercial Las Polonias, Municipio Los Salias del Estado Miranda.