este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 825 del Código Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos RAMONA GONZÁLEZ DE ALFONZO, HUASCAR MARCELO ALFONZO GONZÁLEZ Y MARCELO ANDRES ALFONZO GONZÁLEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. 783.364, 12.160.096 y 15.487.981, respectivamente; en su carácter de esposa e hijos del causante MARCELO JOSÉ ALFONZO ROSAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.824.127, quien falleció en el día veintidós (22) de febrero de 2017